Fin del plazo de presentación de solicitudes (1a FASE): 31 de julio de 2017
(2a FASE: 1 de agosto a 30 de septiembre de 2017)
Esta subvención se otorgará por orden de tramitación
OBJETO DE LA SUBVENCIÓN
Fomentar el empleo de las personas jóvenes inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
REQUISITOS DE LAS EMPRESAS BENEFICIARIAS
Podrán ser beneficiarios de la subvención:
- Empresarios autónomos
- Sociedades mercantiles
- Asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro
No podrán ser beneficiarias:
- Uniones temporales de empresas
- Sociedades civiles
- Comunidades de bienes y demás entidades carentes de personalidad jurídica
CUANTÍAS DE SUBVENCIÓN
CONTRATACIONES TEMPORALES
- Jornada a tiempo completo.
- Duración mínima: 6 meses.
- Subvención: 4.200€ (a razón de 700€/mes).
CONTRATACIONES INDEFINIDAS
- Jornada a tiempo completo.
- Duración mínima: 6 meses.
- Posibilidad de obtener subvención por dos periodos adicionales de 3 meses cada uno.
- Subvención a razón de 800€/mes hasta un máximo de 12 meses, lo que supone un total de 9.600€, que se abonarían del siguiente modo:
- Primeros 6 meses: 4.800€
- 3 meses adicionales: 2.400€
- 3 meses adicionales: 2.400€
REQUISITOS DE LAS PERSONAS A CONTRATAR
Las personas a contratar deberán estar inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, con carácter previo a su contratación, o haberse inscrito como demandante de empleo oficialmente después del 25 de diciembre de 2016.
No se subvencionarán contrataciones a familiares y socios con más del 33% del capital social.
CONDICIONES GENERALES DE LAS CONTRATACIONES
- Solo se subvencionan contrataciones a tiempo completo.
- Permanencia mínima de las personas subvencionadas: 6 meses.
- Contrataciones formalizadas entre el 7 de marzo y el 30 de septiembre de 2017.
- Se solicita la ayuda para contrataciones ya formalizadas dentro de los plazos anteriores.
- Se subvencionan todos los tipos de contrato, salvo los siguientes:
- Contrato para la formación y el aprendizaje.
- Contrato en prácticas.
- Contrato de interinidad.
- Contrato fijo discontinuo.
- No máximo de contratos subvencionables: 10.
- La ayuda no puede superar el 80% del coste salarial de la persona subvencionada durante el periodo máximo subvencionado.
- Esta ayuda es compatible con las bonificaciones o reducciones en las cuotas a la Seguridad Social que correspondan, siempre que no se supere el coste salarial de la persona contratada duranteel periodo subvencionado.
- No se subvencionarán contrataciones de personas que hubieran figurado de alta en la empresa o grupo de empresas:
- Con un contrato indefinido en los 12 meses anteriores.
- Con un contrato temporal en los 6 meses anteriores, salvo que la contratación para la que se solicita la ayuda sea de carácter indefinido.
- Las contrataciones subvencionables deben suponer una creación de empleo respecto al mes anterior a la/es contratación/es.
- Es obligatorio mantener el nivel de empleo neto a la finalización del periodo subvencionado.
FORMA DE PAGO
Los pagos se realizarán una vez finalizado el período subvencionable, previa presentación de la documentación justificativa pertinente.
Quedamos a su disposición para cualquier consulta o aclaración al respecto. Click aqui para contactar
