Circulares InformativasCertificado de profesionalidad 2017

OBJETO DE LA SUBVENCIÓN

Promover y potenciar la contratación laboral de personas desempleadas que hayan obtenido el reconocimiento de un Certificado de Profesionalidad.

IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN

Dependiendo de la duración del contrato subvencionable, el importe de la subvención será:

  • Para los contratos indefinidos: 5.500 €.
  • Para los contratos temporales: 2.500 €. En este caso, por cada 6 meses de duración superior al mínimo establecido de 6 meses, se abonarán 500 € adicionales, con un máximo de 4.500 €. Es importante tener en cuenta que sólo será subvencionable el periodo concertado en el momento de la solicitud y concesión de la subvención, por lo que las prórrogas de los contratos iniciales no supondrán un incremento de la cuantía a percibir.
  • Si el trabajador ha realizado prácticas del Certificado de Profesionalidad en la misma empresa, se incrementa el importe de la subvención en otros 500 €. En el caso de que los contratos sean a jornada parcial, el importe de la subvención será proporcional al número de horas semanales.

REQUISITOS DE LAS EMPRESAS BENEFICIARIAS

Podrán ser beneficiarios de la subvención cualquier entidad, persona física, jurídica, comunidades de bienes, cuyo capital sea íntegramente privado.

Las empresas beneficiarias han de tener su domicilio social en Canarias o bien un establecimiento permanente en el archipiélago. Otro de los aspectos importantes a tener en cuenta por aquellas empresas que resulten beneficiarias de esta subvención, es la obligación de haber mantenido el nivel de plantilla media de la empresa en los 3 meses inmediatamente anteriores a la contratación objeto de la Subvención. Tampoco podrán disminuir el nivel de empleo durante todo el periodo de permanencia del trabajador subvencionado.

Con respecto a este requisito existen algunas excepciones. Es el caso de los autónomos con una plantilla inferior a 5 trabajadores.

REQUISITOS DE LAS PERSONAS A CONTRATAR

Las personas a contratar deberán estar en situación de desempleo e inscritas en el Servicio Canario de Empleo y deberán contar con un Certificado de Profesionalidad. Para facilitar la búsqueda de los posibles candidatos, que reúnan estos requisitos, podrá publicarse una oferta de trabajo en el Servicio Canario de Empleo, vía telemática para agilizar el proceso.

A la hora de establecer la prelación entre las distintas solicitudes, se tendrá en cuenta que el desempleado que haya obtenido el reconocimiento del Certificado de Profesionalidad a contratar, haya solicitado, y le haya sido concedido el Servicio de Empleo Certifícate.

También es importante considerar que no puede existir vinculación laboral entre la empresa y el trabajador cuyo contrato resulte subvencionado en los 6 meses inmediatamente anteriores al momento del alta en la Seguridad Social.

REQUISITOS DE LOS CONTRATOS A SUBVENCIONAR

  • Los contratos se formalizarán dentro de los márgenes temporales que se establezcan en la resolución de la subvención.
  • Se subvenciona cualquier tipo de contrato, salvo contratos para la formación y el aprendizaje.
  • La jornada mínima de los contratos subvencionables, será de al menos un 50%.
  • Permanencia de los trabajadores contratados:
    • Aquellos trabajadores contratados por tiempo indefinido deberán permanecer en la empresa un mínimo de 2 años
    • En el caso de los contratos temporales, el tiempo mínimo de permanencia será de 6 meses o en su caso, el periodo inicialmente concertado si tuviese una duración superior.

PLAZO DE FORMALIZACIÓN DE CONTRATOS

En el caso de que se resulte beneficiario de la subvención, la resolución de concesión establecerá un plazo dentro del cual deberá de procederse a la contratación del trabajador objeto de la subvención. Por lo tanto, la contratación deberá de realizarse dentro de los márgenes temporales establecidos por la correspondiente resolución.

COMPROMISOS QUE SE DEBEN ASUMIR

  • Mantenimiento de los contratos por el tiempo referido anteriormente según su duración.
  • Mantenimiento de la plantilla durante todo el periodo de permanencia del trabajador subvencionado.

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