Circulares InformativasReforma Estatuto Autónomos

El Gobierno da Luz Verde a la Reforma del Estatuto del Autónomo.

Las siete medidas más importantes que contiene la norma son las siguientes: 

1. Ventajas en Seguridad Social, aunque se tenga asalariados. 

El Gobierno ha decidido mantener el abono mensual de 50 euros a la Seguridad Social la llamada tarifa plana para todos los autónomos que contraten asalariados durante los primeros seis meses. A partir de ahí, habrá reducción del 50% de la cuota durante los seis meses siguientes. En tercer lugar, y por otros seis meses más, reducción o bonificación del 30% de la cuota de la Seguridad Social. También tendrán ventajas en cotizaciones sociales las víctimas del terrorismo, de la violencia de género y las personas con discapacidad.

 

2. Cobrar toda la prestación por desempleo para emprender un negocio. 

El Gobierno amplía a todos los parados, con independencia de su edad, la posibilidad de cobrar de una vez la prestación por desempleo. Eso sí, siempre que sirva para emprender un negocio, pagar las cotizaciones a la Seguridad Social, los gastos de constitución de la nueva empresa o como aportación de capital social para la misma. Hasta ahora sólo podían capitalizar el desempleo con estos fines como se conoce técnicamente los hombres de hasta 30 años y las mujeres , de hasta 35 años. El Gobierno restaura así, completamente, una medida que fue suprimida por el Ejecutivo de Felipe González.

3. El autónomo podrá cobrar la prestación por desempleo mientras comienza su actividad.

Es una medida que quiere reducir el miedo al fracaso del nuevo emprendedor. Intenta garantizar unos ingresos al desempleado mientras se arriesga a crear su propio puesto de trabajo o invertir en una sociedad mercantil, siempre y cuando tenga el control efectivo de la misma. El nuevo autónomo podrá tener esta cobertura durante un periodo máximo de nueve meses.

4. Recuperar la cobertura de paro si fracasa el negocio.

También para quitar el miedo al fracaso, el Gobierno ha decidido ampliar de dos a cinco años el periodo tras el cual el autónomo puede recuperar la prestación de desempleo si no consigue salir adelante en su nueva actividad. Es decir, un desempleado que se haga autónomo capitalizando el paro puede intentar una actividad durante cinco años, que siempre tendrá la seguridad de que si fracasa puede recuperar la prestación por desempleo que le quedaba por consumir al final de ese periodo. No obstante, el beneficiario también podrá solicitar la recuperación de la prestación transcurridos dos años, si acredita que perdió el negocio por causas económicas u organizativas.

5. Más incentivos para el empleo de familiares autónomos.

El Ministerio de Empleo ha ampliado de 18 a 24 meses la bonificación de cotizaciones sociales para los familiares que trabajen con los autónomos. El periodo de subvención de las aportaciones pasa de 18 a 24 meses, y la bonificación, del 50% al 25% de las aportaciones a la Seguridad Social. El Gobierno también trata de evitar que, transcurrido el periodo de bonificaciones de las cotizaciones, el autónomo se encuentre, de golpe, con la obligación de abonar todas las cotizaciones sociales.

6. Más protección para los autónomos que sólo trabajan para un cliente (TRADE).

Los autónomos que trabajen para un solo cliente, del que al menos perciban el 75% de sus ingresos, podrán contratar a un trabajador para facilitar que puede conciliar la vida familiar con la laboral. Por ejemplo, la maternidad y paternidad, por cuidado de menores de 7 años o riesgo durante el embarazo o la lactancia, entre otros casos. Se trata de evitar también que estas circunstancias puedan provocar que el cliente pueda rescindir el contrato, porque se siente muy perjudicado debido a que el trabajador autónomo no puede atenderle.

7. Apoyo a la incorporación de nuevos socios a cooperativas y sociedades anónimas laborales. 

La Seguridad Social crea una bonificación de 800 euros en las cotizaciones sociales a lo largo de tres años para las personas que se incorporen como socios trabajadores a cooperativas y sociedades laborales. La cuantía se elevará a 1.650 euros mensuales, en el primer año, para menores de 30 años o 35 con discapacidad.

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