Circulares Informativas

Desde el pasado 27-06-2020 se ha producido la prórroga de los Expedientes de Regulación de Temporal de Empleo (ERTE) por causa de fuerza mayor a consecuencia del Covid-19 solicitados con anterioridad a la entrada en vigor de la norma de prórroga, con fecha tope de duración 30.09.2020.

Esta prórroga de los ERTE de fuerza mayor, trae consigo el establecimiento de nuevas bonificaciones, dependiendo del tamaño de la empresa, y la situación en la que se encuentren respecto de la activación de la actividad o no.

Para conocer las bonificaciones a aplicar,  tenemos que distinguir entre:

  • Empresas en ERTE DE FUERZA MAYOR PARCIAL con fecha anterior a 27.06.2020 (que hayan reincorporado trabajadores con anterioridad a esta fecha):
  • Empresas que a fecha 30.06.2020 se encuentren en situación de ERTE DE FUERZA MAYOR TOTAL (no hayan reincorporado trabajadores):

No obstante esto, y si considera que la viabilidad de su empresa puede encontrase en peligro, siendo imposible reiniciar actividad con normalidad a posteriori de esa fecha, existen otras alternativas, como es la negociación de un ERTE ETOP (por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción).

Si tiene consultas sobre la regulación de estas nuevas bonificaciones, o considera que podría necesitar medidas alternativas pasada la fecha tope de prórroga de los ERTE, no dude en ponerse en contacto con nosotros.

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