El Servicio Canario de Empleo a través de la Resolución de 21 de Julio de 2014 aprueba la convocatoria correspondiente al ejercicio 2014 del Programa de Conciliación de la vida familiar y laboral, “Cheque-Guardería”.
Objeto
El objeto de esta convocatoria es establecer un Programa de Conciliación de la vida familiar y laboral, a través del cual se han de conseguir diversos objetivos:
- Hacer efectivo el principio de igualdad de oportunidades.
- Sufragar los costes adicionales que la aceptación de un puesto de trabajo puede representar, en este caso gastos de guardería.
Beneficiarios
Los beneficiarios de este Título Nominativo “Cheque-Guardería” serán aquellos trabajadores que hayan suscrito contrato laboral entre los meses de Mayo a Noviembre de 2014.
Periodos de contratación
- Primer periodo: contratos celebrados en los meses de mayo a agosto de 2014.
- Segundo periodo: contratos celebrados en los meses de septiembre a noviembre de 2014.
Plazos de solicitud
- Contratos celebrados en los meses de mayo a agosto de 2014: el plazo para presentar la solicitud se extenderá durante 10 días a contar desde el 1 de septiembre de 2014.
- Contratos celebrados en los meses de septiembre a noviembre de 2014: el plazo se extenderá durante 10 días a contar desde el 1 de diciembre de 2014.
Cuantía de la subvención:
- Para el primer periodo: 20.000,00€.
- Para el segundo periodo: 10.000,00€
Procedimiento
Las personas interesadas en la obtención de las subvenciones han de presentar la solicitud y la siguiente documentación (presentar original y dos copias):
- DNI/NIF/NIE del solicitante.
- En su caso, certificado de Empadronamiento/Tarjeta de Residente.
- Libro de familia completo.
- Contrato laboral de la persona beneficiaria.
- Última declaración de la Renta, o Declaración Jurada de estar exento de su presentación.
- Si el solicitante es mujer víctima de violencia de género presentar Orden a favor de la víctima o Sentencia, definitiva o definitiva y firme, condenatoria por hechos constitutivos de violencia de género, en la que se acuerden medidas de protección a favor de las víctimas o Informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la beneficiaria es víctima de violencia de género, hasta tanto se dicte la Orden de protección.
- Si el solicitante es Persona con discapacidad; Certificado de minusvalía expedido por la Dirección General de Servicios Sociales. Resolución del INSS por la que se reconoce pensión de incapacidad permanente en el grado total, absoluta o gran invalidez, o Resolución de Clases Pasivas que le reconozca una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
- Alta a terceros, una vez cumplimentado y presentado el formulario en la Consejería de Economía y Hacienda.
- Declaración responsable.
- En su caso, facturas acreditativas de los pagos de Guardería generados hasta la fecha, siempre que se cumplan las exigencias jurídico-formales y temporales que se establecen en las Bases Reguladoras
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