Circulares Informativas

A través de los medios de comunicación el Gobierno ha aprobado la extensión de los beneficios de los ERTES hasta el 31 de enero mediante el Real Decreto Ley 30/2020 de 29 de septiembre de medidas sociales en defensa del empleo.

Aunque aún estamos estudiando y analizando el Real Decreto, les indicamos a continuación los puntos más destacables:

  • Se prorrogan automáticamente todos los ERTE de fuerza mayor vigentes
  • Será posible solicitar nuevos ERTE de fuerza mayor tanto por impedimento como por limitación de actividades en todos los sectores, altamente exonerados en cuotas
  • Se establecen exoneraciones en la cotización para empresas pertenecientes a sectores con una elevada tasa de cobertura por expedientes de regulación temporal de empleo y una reducida tasa de recuperación de actividad y su cadena de valor, con ERTE prorrogado, sin necesidad de solicitar uno nuevo
  • Los trabajadores fijos discontinuos podrán percibir una prestación extraordinaria
  • No se reducirá el porcentaje de base reguladora para calcular las prestaciones por ERTE cuando se hayan percibido 6 meses de prestación, por lo que el trabajador no verá disminuidos sus ingresos.
  • Se mantiene el “contador a cero” y el acceso a prestaciones de desempleo sin carencia previa
  • Se mantiene la limitación de repartir dividendos y de acceso a ayudas por empresas situadas en paraísos fiscales
  • Se establece una nueva salvaguarda de empleo de 6 meses

Como les indicábamos, aún estamos estudiando e interpretando las novedades publicadas en el Real Decreto, así que les iremos informando en la medida en que vayamos profundizando en esta nueva normativa.

No duden que analizaremos caso por caso para determinar cuál es la mejor forma de proceder, así que les rogamos que tengan paciencia y nos den margen para poder estudiar los distintos escenarios posibles.

A través de circulares y también directamente por parte de su técnico, iremos contactando con ustedes.

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