El 13 de junio de 2014 entraron en vigor algunas de las disposiciones de la reforma de la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios, destacando entre otras medidas, la prohibición de la utilización del servicio de atención al cliente para fines comerciales, y poniendo límite al “spam” telefónico, de manera que los consumidores podrán decidir, desde la primera llamada que no quieren recibir más ofertas.
Se prohíben las llamadas comerciales de 21.00 a 9.00, los fines de semana y festivos. Además, la utilización por parte del empresario de técnicas de comunicación que consistan en un sistema automatizado de llamadas sin intervención humana o el telefax necesitará el consentimiento expreso previo del consumidor.
