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Así queda la nueva fiscalidad de las indemnizaciones por despido

Publicado el 24/06/2014
nueva fiscalidad irpf

Una de las principales novedades que incluye la reforma fiscal presentada en detalle ayer es que la indemnización por despido pasa a pagar IRPF.

El secretario de Estado de Hacienda, Miguel Ferre, anunció ayer que con la reforma fiscal las indemnizaciones por despido pasan a tributar en el IRPF, tal y como adelantó Expansión. 

«Se incluye una complementación en las indemnizaciones por despido. Para introducir equidad en el tratamiento: se introduce un mínimo exento de 2.000 euros por año trabajado y a partir de ahí se empieza a tributar», indicó Ferre.

 

Hasta ahora todas las indemnizaciones por despido estaban exentas al 100%, pero las nuevas condiciones afectan ya a los despidos que se hayan producido a partir del 20 de junio, fecha en la que el Consejo de Ministros estudió el informe sobre el anteproyecto de reforma fiscal.

Concretamente, la nueva exención establece que los trabajadores que hayan sido despedidos de forma improcedente tributan a partir de los 2.000 euros por año trabajado, con lo que la primera cantidad «está exenta» de pago del IRPF.

Ferre ha indicado que cuando las indemnizaciones por despidos se corresponden con niveles de salario anual superior a los 20.000 euros los niveles de tributación van aumentando.

Ejemplos de la nueva fiscalidad del despido

El Gobierno incrementa la penalización a la retribución variable y las rentas irregulares y la exención de los primeros 300.000 euros se reduce del 40% al 30%. Hasta el 31 de diciembre de 2012, los blindajes se aplicaban una reducción del 40% en los primeros 300.000 euros y el resto tributaba al marginal máximo. Desde 2013, depende de la ganancia del directivo. Si la indemnización es inferior a 700.000 euros, no hay variación. En cambio, si está comprendida entre 700.000 euros y un millón, el actual límite de 300.000 euros sobre el que se aplica la reducción del 40% afecta a la diferencia entre la cuantía de la indemnización y 700.000 euros. El resto tributa al tipo marginal. 

Hacienda hace retroactiva la medida al pasado Consejo de Ministros y anuncia que está abierta en el trámite de audiencia pública a modularla con los agentes sociales, lo que da pie a contemplar posible subidas del mínimo exento. Navarra y País Vasco ya gravan el despido improcedente pero lo hacen a partir de los 180.000 euros. En el resto de países de nuestro entorno o tributa al completo y lo hace como renta irregular (Holanda y Alemania) o está completamente exento pero no para directivos (Francia). 

De momento, con la medida anunciada ayer, los contribuyentes con sueldos de 20.000 euros al año que vayan a recibir una indemnización por despido de 1.833 euros por año seguirán exentos de tributación. De la misma forma, todos los contribuyentes que hayan tenido sueldos inferiores a 20.000 euros seguirán disfrutando de la exención del 100% de su indemnización si son despedidos.En cambio, los que hayan percibido un sueldo de 30.000 euros al año y tengan derecho a una indemnización de 2.750 euros por año disfrutarán de una exención del 72,72% del total.

Los que cobren 40.000 euros al año y tengan derecho a una indemnización de 3.666 euros por año tendrán derecho a una exención del 54,55%, mientras que los que perciban un sueldo de
50.000 euros y vayan a recibir una indemnización de 4.583 euros al año disfrutarán de una exención del 43,64%.

Por su parte, los contribuyentes que hayan cobrado un sueldo de 100.000 euros al año y, tras ser despedidos, tengan derecho a una indemnización de 9.166 euros por año trabajado, tendrán derecho a una exención del 21,82%. Finalmente, los que hayan disfrutado un sueldo de 150.000 euros por año y vayan a percibir una indemnización de 13.750 euros por año tendrán una exención final del 14,54%.

En el caso de que todos los despidos tributaran al completo, el Estado recaudaría cerca de 1.000 millones al año. Los tribunales avalaron indemnizaciones por despido con una cuantía de 2.403 millones en 2012, a los que se suman 1.219 millones en vía administrativa, lo que supone un total de 3.622 millones. Si se les aplica un tipo medio del 30%, resultan 1.086 millones.

Fuente: Expansion

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